Gestación subrogada: ¿Un contrato justo?

La maternidad subrogada supone para la mujer gestante la ruptura del vínculo natural con el feto y riesgos para su integridad física y mental. ¿Es lícito comerciar con bebés?

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El debate sobre la maternidad subrogada o vientre de alquiler está de actualidad en el panorama político español.  El grupo parlamentario de Ciudadanos presentó el pasado junio una proposición de ley para regular esta práctica. Pese a que la propuesta establece la gestación subrogada de forma altruista, lo cierto es que el debate se centra en el fenómeno como actividad económica, un negocio emergente. Los padres que aportan sus genes pagan y las mujeres gestantes cobran por ello, además de las empresas intermediarias. Por ello algunas voces del propio partido hablan de compensación encubierta en la propuesta de Ciudadanos. Si la mujer gestante actúa libremente y los padres genéticos obtienen la felicidad, ¿dónde está el problema?

Vínculo entre la mujer gestante y el feto

Según diversos estudios, durante el embarazo se crea un vínculo entre la mujer gestante y el feto. Además del fisiológico, también se crean vínculos a nivel neurobiológico, psicológico y genético. Un estudio del Centro Médico de la Universidad de Leiden, en Holanda, descubrió que las mujeres embarazadas casi siempre adquieren células del feto, que a menudo sobreviven en su cuerpo. La doctora en biología, María Berrozpe, sostiene que “la separación del bebé de su madre trae consecuencias fisiológicas y neuronales irreparables». Disponiendo de estos datos, ¿es lícito consentir que una mujer entregue al bebé que ha crecido en su interior durante nueve meses por la necesidad del dinero?

Riesgos y consecuencias de un embarazo

Al no tratarse de trabajadoras por cuenta ajena, las mujeres gestantes no estarían en la obligación de cumplir con la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales y con el Real Decreto 216/1999 de disposiciones mínimas de seguridad y salud en el ámbito de las empresas de trabajo temporal que todos los asalariados deben cumplir, con excepción de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado y el Ejército. Al tratarse de un contrato mercantil, tampoco estarían protegidas por el artículo 40.2 de la Constitución española: “Los poderes públicos velaran por la seguridad e higiene en el trabajo”. Sin embargo, este contrato ¿cumpliría con los derechos humanos irrenunciables e incondicionales? ¿Hasta qué punto se puede renunciar a la integridad física por razones económicas?

Para responder a esta cuestión, vamos a enumerar algunos de los posibles daños que puede padecer una mujer durante el embarazo o las causas más frecuentes de mortalidad en el parto:

Hemorragias graves

Infecciones

Hipertensión gestacional (preeclampsia y eclampsia)

Embolismos pulmonares o cerebrales

Parto obstruido

Desprendimiento de placenta

Diabetes gestacional

Embarazo ectópico o extrauterino

Cistitis (infección urinaria)

Dolor de riñones

Dolor de pubis

Hemorroides externas e internas

Lumbalgia

Náuseas

Estreñimiento

Calambres en las piernas

Hinchazón de pies

Síndrome túnel carpiano

Reflujo gastroesofásico

Gingivitis

Hipotiroidismo e hipertiroidismo

Depresión

Trastornos obsesivos-compulsivos

Trastornos de alimentación

Trastorno de ansiedad generalizada

Extirpación del útero tras parto por cesárea (histerectomía)

Cada año mueren de media en España 6 mujeres por 100.000 nacidos vivos, tal y como afirma la SEGO (Federación de las Sociedades de Ginecología y Obstetricia de las Comunidades Autónomas). En 2015 nacieron 419.109 bebés en España, según el INE, lo que se traduce en 25,1 mujeres muertas cada año. En el resto del mundo mueren anualmente más de 300.000 mujeres durante el embarazo, publica la Organización Mundial de la Salud. El porcentaje de mortalidad materna es mayor en países en desarrollo que no ofrecen las mismas garantías sanitarias. Países como India o Tailandia, donde precisamente está permitida la maternidad subrogada como actividad económica.

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Imagen: Diary.ru

Pero si los estados del primer mundo ofrecen mayores garantías sanitarias, ¿por qué mueren mujeres durante el embarazo en países como España? Según explica Juan Luis Alcázar, ginecólogo de la Clínica Universidad de Navarra, “a pesar de todos nuestros avances técnicos, la medicina no siempre nos permite obtener los mejores resultados. Somos humanos y seremos incapaces de controlar todas las variables que se dan en una situación clínica».

¿Las mujeres gestantes aceptan siempre por propia voluntad?

Entre los países donde está legalizada la maternidad subrogada se encuentran India o Tailandia, países pobres con sistemas patriarcales donde la mujer en muchas ocasiones carece del derecho a elegir a su esposo o de independencia económica. En esta situación, ¿qué garantías tenemos de que estas mujeres estén decidiendo libremente someterse a una gestación subrogada?

¿El ser humano como producto?

La gestación subrogada es una técnica por la cual una mujer gesta el embrión previamente engendrado mediante fecundación in vitro por otra pareja. Los padres genéticos son los contratantes, la mujer gestante la contratada. La empresa que gestiona el proceso y obtiene beneficios es la intermediaria. El bebé es el producto. ¿Estamos ante el inicio del comercio con seres humanos? ¿Tráfico de personas?

El artículo 1 del Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño de la ONU relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía es taxativo al respecto: “Los Estados miembros prohibirán la venta de niños, la prostitución infantil y la pornografía infantil, de conformidad con lo dispuesto en el presente Protocolo”. Por lo tanto, se nos plantea la siguiente duda. Aun contando con el consentimiento de la madre gestante y los padres genéticos, ¿cumple la maternidad subrogada con los Derechos del Niño? ¿Prevalece el derecho del niño a no ser comprado y vendido?

Opiniones a favor y en contra

Son muchas las dudas que persisten sobre la legalización de esta práctica que recientemente se ha aprobado en Portugal de forma “altruista”. Los argumentos a favor señalan que “regular la gestación subrogada es el camino que de verdad defiende los derechos de todas y que evita que se pueda dañar a alguien”. Entre las opiniones contrarias se aduce que “la maternidad por sustitución niega a las mujeres gestantes el derecho a decidir durante el proceso de embarazo y en la posterior toma de decisiones relativas a la crianza, cuidado y educación del menor o la menor”.

¿Qué opina usted? ¿Tenemos derecho a pagar a una mujer que necesita el dinero para que se someta a un proceso de embarazo y nos entregue al bebé con nuestra carga genética? ¿Tiene una mujer el derecho de poner en riesgo su salud física y mental, y vender por dinero el feto que ha gestado? ¿Tienen los recién nacidos derecho a no formar parte de un contrato mercantil? ¿Cree que la gestación subrogada se trata de un contrato justo?

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